miércoles, 12 de febrero de 2014

Clara Campoamor

Política española, pionera de la militancia feminista (Madrid, 1888 - Lausana, 1972)

Nace en el barrio madrileño de Maravillas el doce de febrero de 1888, en una familia modesta. Su madre era modista y su padre, contable de un periódico
A la muerte de éste, se ve obligada a interrumpir sus estudios a los 12 años y ponerse a trabajar en distintos oficios, desde el cuerpo de Correos y Telégrafos en 1909, hasta que en 1921 retoma sus estudios.
En 1914 y tras sacar el número uno de su oposición, se convierte en profesora de adultas en el Ministerio de Instrucción Pública. Sin embargo, al no tener el bachiller sólo puede impartir clases de taquigrafía y mecanografía por lo que decide seguir estudiando a la vez que lo compagina con sus trabajos de mecanógrafa en el Ministerio y de secretaria en el periódico “La Tribuna” respectivamente.
En 1923 participa en un ciclo sobre Feminismo organizado por la Juventud Universitaria Femenina donde comienza a desarrollar su ideario sobre el derecho a la igualdad de las mujeres.
Estudió la carrera de Derecho al mismo tiempo que trabajaba, en 1924 y a la edad de treinta y seis años obtiene la Licenciatura en Derecho en la Universidad de Madrid, lo que le permite defender dos casos de divorcio muy célebres en aquella época, el de la escritora Concha Espina, de su marido Ramón de la Serna y Cueto, y el de Josefina Blanco, de Valle-Inclán.
Al tiempo que ejercía su actividad como abogada, sus inquietudes políticas le llevaron a aproximarse a los socialistas y a fundar una Asociación Femenina Universitaria.
En 1929 fundó con otras cuatro abogadas europeas la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas y fue miembro de la Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Con el advenimiento de la Segunda República (1931), obtuvo un escaño de diputada por Madrid en las listas del Partido Radical. Formó parte de la Comisión constitucional, destacando en la discusión que condujo a aprobar el artículo 36, que reconocía por vez primera el derecho de voto a las mujeres.
Su trabajo como abogada se centró fundamentalmente en las cuestiones relacionadas con la capacidad legal de la mujer, la investigación de la paternidad y, tras la aprobación de la Ley de divorcio en 1932, a esta materia.
Los gobiernos de la República le confiaron otros cargos de responsabilidad, como la vicepresidencia de la Comisión de Trabajo, la dirección general de Beneficencia, la participación en la comisión que preparó la reforma del Código Civil o la presencia en la delegación española ante la Sociedad de Naciones. También fundó una organización llamada Unión Republicana Femenina.
No consiguió renovar su acta de diputada en las elecciones de 1933.
El triunfo de sus tesis atrajo la animadversión de muchos de sus correligionarios y condicionó su porvenir político, abandonando su militancia en el partido Radical de Lerroux en 1935.
En 1936 tras el golpe militar del general Franco contra la República Española, se exilia primero a Francia, luego a Argentina y por último a Suiza.
En su exilio, mantiene una postura crítica frente a ambos bandos en el inicio de la guerra. Llega a Argentina en 1938 donde residirá hasta 1955.
Allí se mantuvo al margen de los círculos de exiliados republicanos españoles, dedicándose a la traducción de obras del francés (Victor Hugo, Millot, Amiel etc.) y a escribir varias biografías (Concepción Arenal, Sor Juana Inés de la Cruz, Quevedo).
Se introdujo también en círculos jurídicos, colaboró con el Consejo Nacional de Mujeres Argentinas, escribió en periódicos y dio innumerables conferencias. Regresó a España en varias ocasiones, renunciando a su deseo de permanecer en el país al figurar su nombre en las listas negras del franquismo.
En 1955 se instala en Lausanne (Suiza), donde fallece el 30 de Abril de 1972, siendo sus restos incinerados y trasladados al cementerio de Polloé en San Sebastián, donde descansan.
Clara Campoamor fue una gran valedora de la igualdad de derechos de la mujer, en cuya defensa publicó numerosos escritos como “El derecho femenino en España” de 1936, o “La situación jurídica de la mujer española” de 1938, “Mi pecado mortal”, “El voto femenino y yo” y “La revolución vista por una republicana”.
Escribió artículos en los diarios de la época “La Tribuna”, “Nuevo Heraldo”, “El Sol” y “El Tiempo”.
Fue también la primera mujer que intervino ante el Tribunal Supremo y que desarrolló trabajos de jurisprudencia sobre cuestiones relativas a los derechos de la situación jurídica de las mujeres en nuestro país.
Pero su reconocimiento público se centra fundamentalmente en la defensa que, casi en solitario y frente a sus propios compañeros, hizo en las Cortes Constituyentes Republicanas de 1931 del reconocimiento a las mujeres españolas del derecho al voto en condiciones de igualdad con los hombres y del principio de no discriminación jurídica por razón de sexo, por encima de criterios de oportunidad política.

 
Tenéis el derecho que os dado la ley, la ley que hicisteis vosotros, pero no tenéis el Derecho Natural, el Derecho Fundamental que se basa en el respeto de todo ser humano, y lo que hacéis es detentar un poder. Dejad que las mujeres se manifiesten y veréis como ese poder no podéis seguir detentándolo…
Clara Campoamor (Discurso de Clara Campoamorante las Cortes el 1 de octubre de 1931)

 
Link, para ver online la miniserie de tve, "Clara Campoamor, la mujer olvidada"

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